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Boletín 4 ---- II Encuentro para intercambio de experiencias, fortalecimiento institucional y planteamiento de estrategias ¿Cumple México con la CEDAW? ----

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“III Informe de seguimiento de la CEDAW 2007- 2009, de la armonización a su aplicación: retos y perspectivas en México” Seguimiento a las recomendaciones del Comité CEDAW del Observatorio Ciudadano de los Derechos de las Mujeres” 

 

La segunda mesa contó con la participación de los siguientes ponentes: Mtra. Lourdes Enríquez colaboradora del Programa Universitario de Estudios de Género-PUEG y la Dra. Julia del Carmen Chávez Carapia, coordinadora del Centro de Estudios de la Mujer-ENTS-UNAM, ambas pertenecientes al Consejo Académico del Observatorio Ciudadano de los Derechos de las Mujeres.

Aportes de la mesa:

§ México ha firmado tratados internacionales está obligado a cumplirlos, pero es lamentable que algunos ministros y jueces de la Suprema Corte, cuestionen las recomendaciones emitidas por estos mecanismos.

§ Para entender la CEDAW se debe hacer un análisis interdisciplinario, para su debida comprensión.

§ La CEDAW define la discriminación con precisión tomando los principios fundamentales de derechos humanos desde una visión de universalidad, igualdad, progresividad e histórica, etc.

§ Se recordó el aporte de Isabel Torres, en el marco del I Encuentro, decía “No entiendo por qué el Gobierno mexicano habla de equidad, si no se comprende la discriminación e igualdad”, para lo cual ejemplificó en tres momentos: equivalencia (trato igual a los desiguales), equipolencia (trato de la diferencia) y Equifonía (término ético a la igualdad).

§ La discriminación es un término legal vinculante y ningún funcionario puede hacer su propia definición de discriminación, eso es básico para la defensa de los derechos de las mujeres.

§ Distinción, restricción y supuesta protección a través de leyes que resultan ser discriminatorios, además la CEDAW plantea perfectamente el acto discriminatorio, que se debe analizar para saber cuando hay leyes con tentativas de discriminación sea directo o indirecto.

§ El acto discriminatorio puede presentarse en las tres etapas que plantea los derechos, en el reconocimiento del derechos creación de las leyes, en el ejercicio del derecho y en la parte de la acción

§ Es fundamental hablar de reparación del daño Campo algodonero es un eje, al respecto que se debe garantizar.

§ Es importante entender el papel del Estado que tiene la responsabilidad de respetar los derechos sociales y humanos.

§ Una obligación del Estado es formular derechos de mujeres y hombres, brindar seguridad a su territorio, y garantizar las políticas públicas para su ejercicio.

§ El Estado tiene elementos de formación desde los tres poderes de la unión-Ejecutivo, Legislativo y Judicial- y es desde donde se tiene que exigir el cumplimiento de la CEDAW

§ Las políticas públicas deben revisarse desde su cumplimiento a partir de la perspectiva de género.

§ Las Organizaciones deben impactar en la sociedad, en ese sentido, tienen una gran responsabilidad.

§ Las políticas internacionales no han sido debidamente incorporadas en la legislación nacional.

§ Los procesos de reeducación y educación de la sociedad son un punto importante para modificar la cultura de discriminación y violencia que prevalece en contra de las mujeres.

§ Falta muchos compromisos del Estado para cumplir en materia de violencia y discriminación contra las mujeres.

 


 

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