Derecho Internacional Humanitario
Los cuatro Convenios de Ginebra de 199 (que entraron en vigor para Colombia en mayo de 1961 y que fueron aprobados por el Congreso mediante la Ley 5ª de 1960), en sus artículos 47, 48, 127 y 144, respectivamente, obligan a los Estados a incorporar la enseñanza del Derecho Internacional Humanitario (DIH) en los programas de formación militar y de ser posible civil. Este mismo compromiso internacional de los Estados fue reiterado en el Art. 83 del Protocolo I de 1977 y el Art. 19 del Protocolo II de 1977, adicionales a los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 se han obligado a garantizar que las normas del Derecho Internacional Humanitario sean conocidas por el conjunto de la población y que sus comandantes militares, en especial quienes queden a cargo de la protección y la asistencia a las víctimas de las guerras y los conflictos armados, conozcan y apliquen las normas del DIH.
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