Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial
Con el fin de prevenir la discriminación racial los Estados se comprometen a tomar medidas de carácter educativo.
Artículo 7. Los Estados Partes se comprometen a tomar medidas inmediatas y eficaces, especialmente en las esferas de la enseñanza, la educación, la cultura y la información, para combatir los prejuicios que conduzcan a la discriminación racial y para promover la compresnión, la tolerancia y la amistad entre las nacions y los diversos grupos raciales o étnicos, así como para propagar los prpósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, de la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial y de la presente Convención.
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Última actualización el Viernes, 29 de Octubre de 2010 05:17 |