Esta ley tiene como principio el promover lo necesario para garantizar el acceso a
la información y tiene dos grandes dimensiones:
1. La de obligar a los funcionarios a contestar y a proporcionar información de
su actividad
2. El derecho de los ciudadanos a preguntar
“Esa ley viene a construir un nuevo paradigma en un régimen donde toda la
información que debía ser pública era secreta y donde toda la información que se
conocía era la que discrecionalmente y a juicio del gobernante, y muchas veces
por cuestiones de ventaja política, se hacía del conocimiento de la sociedad.
Cambia ese modelo a uno totalmente contrario, para que toda la información en
manos de las entidades públicas sea eso, pública, salvo aquella que por
excepción taxativa prevista en la ley se considera como reservada o confidencial.
También tendrá un impacto sobre el periodismo. Este tiene como referente la
declaración y sólo el periodismo de investigación es el complemento o la
excepción. Con una ley de acceso habrá un reto para el periodismo, que es
precisamente cambiar esas coordenadas de trabajo, donde el periodismo de
investigación sea la regla y el de declaración el complemento. Esto también va
finalmente a impactar en la calidad de información que tengamos los ciudadanos,
en el derecho a saber de las cosas públicas”.
La Ley se puede consultar en el sitio de la IFAI --Ver Ley--
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